El Programa
La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI) ha articulado un conjunto de ayudas con objeto de impulsar la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Proyectos TIC), así como impulsar la Innovación Tecnológica (Proyectos TEC) en las PYMES canarias y emprendedores.
Estas ayudas se materializan mediante Bonos Tecnológicos, a los que podrán acceder todas aquellas PYMES y emprendedores que deseen abordar este tipo de acciones.
Un bono tecnológico es una cantidad de dinero determinada destinada a cubrir una parte del coste total del proyecto.
Acerca de los beneficiarios
¿Quién puede solicitar Bonos?
Podrán acogerse a la presente Resolución de acuerdo con las bases las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
También podrán ser beneficiarios los emprendedores que pretendan poner en marcha una empresa de base tecnológica con personalidad jurídica propia, siempre y cuando dichos emprendedores tengan constituida su empresa con menos de un año de antigüedad o estén dados de alta como trabajadores autónomos en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
No podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que a su vez estén inscritas como prestadores de servicios en la Base de Datos habilitada por la ACIISI para el programa de bonos tecnológicos en la base específica undécima.
¿Cuál es el plazo de presentación?
Las solicitudes se podrán presentar desde el día 12 de diciembre de 2009 hasta el día 30 de septiembre de 2010 o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
¿A qué se denomina proyecto y a qué se denomina servicio?
Proyecto es la idea (planteamiento original) que pretende desarrollar la pyme (futuro beneficiario) a través del programa de Bonos.
Servicio consistirá en la materialización de dicho proyecto por parte de algún posible proveedor de servicios.
Actuaciones subvencionables
Serán consideradas actuaciones subvencionables las siguientes:
TIC-1. Asistencia en la identificación y planificación de innovaciones basadas en las TIC. Las actuaciones TIC-1 se clasifican en:
TIC-1.A: el servicio a prestar consiste en identificar innovaciones relacionadas con el uso de las TIC en todos o en algunos de los procesos del negocio de las empresas, incluyendo en dicha identificación, siempre que existan, la localización de las posibles fuentes de financiación para su diseño e implantación. La planificación incluye el diseño y definición detallada del proyecto, incluyendo un breve análisis de viabilidad, desde los puntos de vista técnico, económico y operativo de la solución o tecnología a implantar, junto con la identificación de las fuentes de financiación reales (públicas o privadas) y la preparación de la documentación requerida para la solicitud de posibles ayudas, en su caso.
TIC-1.B: asistencias técnicas a emprendedores en el área TIC que pretendan poner en marcha una empresa de base tecnológica para la realización del Plan de Negocio.
TIC-1.C: asistencia técnica sobre la aplicación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica en el área TIC, incluyendo la identificación de las actividades y proyectos deducibles, cálculo de la deducción, la redacción de las memorias y y compromiso de defensa de las mismas.
TEC-1. Asistencia en la identificación y planificación de innovaciones no basadas en las TIC. Las actuaciones TEC-1 se clasifican en:
TEC-1.A: servicios análogos al TIC-1.A, donde el objetivo de la innovación no está en el ámbito de las TICs.
TEC-1.B: servicios análogos al TIC-1.B, donde el objetivo de la innovación no está en el ámbito de las TICs.
TEC-1.C: asistencia técnica sobre la aplicación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica no relacionables directamente con el uso de las TIC, incluyendo la identificación de las actividades y proyectos deducibles, cálculo de la deducción, la redacción de las memorias y compromiso de defensa de las mismas.
TIC-2. Desarrollo e implantación de innovaciones TIC. Los proyectos de implantación podrán realizarse en cualquier área de la empresa, utilizando cualquier tipo de tecnología TIC. Estos servicios tecnológicos a implantar deberán introducir tecnologías TIC nuevas o mejoras sustanciales sobre las ya existentes en la organización. Quedan excluidas de la presente convocatoria las ampliaciones, mantenimiento o actualizaciones de soluciones ya implantadas en la entidad beneficiaria.
TEC-2. Desarrollo e implementación de innovaciones no basadas en TIC. Servicios análogos al caso anterior, donde el objetivo de la innovación no está en el ámbito de las TICs.
TIC-3. Dirección/evaluación de proyectos TIC y protección legal de la propiedad industrial. Las actuaciones TIC-3 se clasifican en:
TIC-3.A: dirección/ evaluación de proyectos TIC. Asistencia por parte de un profesional independiente en la dirección de proyecto durante la implantación y puesta en marcha de soluciones TIC. La empresa para la cual trabaje el profesional TIC encargado del proceso debe ser distinta de la que está realizando la implantación. Se consideran también entre las actuaciones subvencionables TIC-3.A, la asistencia por parte de un profesional independiente para evaluar la calidad de las implantaciones TIC preexistentes. El profesional o empresa que realice dicho proceso deberá ser distinto del que hizo la correspondiente implantación.
IC-3.B. Asistencia técnica a Pymes que pretendan proteger legalmente la propiedad industrial de nuevos productos, nuevos procedimientos o nuevos diseños, así como los costes correspondientes exigidos por las entidades oficiales competentes para la concesión inicial de dichos derechos siempre y cuando se gestionen estos costes a través de entidades inscritas en la Base de Datos de proveedores del programa de Bonos Tecnológicos. No se incluyen los costes de mantenimiento de dichos derechos.
TEC-3. Dirección/evaluación de proyectos no basados en TIC. Las actuaciones TEC-3 se clasifican en:
TEC-3.A:servicios análogos al TIC-3.A, donde el objetivo de la innovación no está en el ámbito de las TICs.
TEC-3.B: servicios análogos al TIC-3.B, donde el objetivo de la innovación no está en el ámbito de las TICs.
TIC-4. Proyectos de desarrollo de innovaciones tecnológicas basados en TIC. Proyectos que impliquen el desarrollo de nuevos productos y/o servicios y nuevos procesos productivos, en los que la Pyme decida contratar o conveniar con un centro externo de investigación, centro tecnológico o centros de conocimiento y desarrollo tecnológico ubicados en Canarias.
TEC-4. Proyectos de desarrollo de innovaciones tecnológicas no basados en TIC contratados o conveniados con centro externo de investigación, centro tecnológico o centros de conocimiento y desarrollo tecnológico ubicados en Canarias. Servicios análogos al caso anterior, donde el objetivo de la innovación no está en el ámbito de las TICs.
Estos servicios deberán ser contratados en su totalidad con alguna de las empresas o profesionales autónomos dados de alta en la Base de Datos, que la ACIISI habilitará para su inscripción, como proveedores de soluciones a efectos del la presente subvención de bonos tecnológicos (en adelante proveedores). Para agilizar y gestionar la inscripción en dicha Base de Datos, la ACIISI podrá designar entidades colaboradoras.
En el caso específico de TIC-4 y TEC-4, estos servicios deberán ser contratados a Centros de Investigación y Desarrollo o Centros Tecnológicos inscritos en la mencionada base de datos de proveedores.
Para todos aquellos servicios cuyo importe sea superior a 12.000 euros, se estará a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que la empresa solicitante deberá aportar tres ofertas y memoria justificativa de la elección conforme a criterios de eficiencia y economía cuando la elección no recaiga en la propuesta más económica.
Acerca de los proyectos subvencionales

Soy una pyme y tengo una iniciativa en mente, ¿Qué tipo de proyectos puedo solicitar?
Todos aquellos destinados a:
- Identificar, planificar y desarrollar iniciativas de innovación tecnológica.
- Implantar innovaciones tecnológicas simples y de alcance limitado.
- Introducir innovaciones tecnológicas con la ayuda de centros de investigación, centros tecnológicos y centros de conocimiento y desarrollo tecnológico ubicados en Canarias.
- Organizar y sistematizar el proceso de gestión de la innovación tecnológica asociado al desarrollo y/o implantación de innovaciones tecnológicas.